Lo que está en juego
Lo que estará sobre la mesa de las negociaciones este próximo miércoles 8 de abril, no son las restricciones presupuestales para las legislaturas de los estados y los límites al número de regidores.
Lo que realmente esta en juego es otro golpe más en favor del centralismo de Estado en contra del federalismo consagrado en el modelo de nación desde 1824 y que hasta la fecha subsiste en la maltrecha constitución de 1917.
Esa regulación del presupuesto de los congresos locales y la imposición de un límite de regidores en los cabildos es franca y abierta violación al federalismo, por más que la narrativa abogue por una supuesta reducción en el gasto y una proclamada -de dientes para afuera- austeridad en el gasto.
¿Por qué viola el federalismo?
La base del federalismo mexicano, consagrado en el artículo 40 constitucional, define al Estado como una República integrada por «estados libres y soberanos» en todo lo concerniente a su régimen interior.
La teoría política a través de especialistas como Emilio Rabasa Gamboa sostiene que el federalismo supone que los estados conservan facultades propias y que su organización política no puede decidirse desde el poder federal.
Al dictar desde el centro la Federación cómo deben integrarse los ayuntamientos y qué porcentaje de su propio presupuesto pueden gastar las legislaturas locales, el proyecto deja de tratar a los estados como entidades soberanas para considerarlos «simples extensiones administrativas del poder central».
La reforma electoral llamada Plan B significa ruptura al Pacto Federal.
El artículo 115 constitucional otorga a los municipios autonomía para su organización administrativa.
La reforma, al imponer un tope de 7 a 15 regidurías y una sola sindicatura, anula la facultad de las legislaturas locales de determinar el número de ediles según las necesidades demográficas y políticas específicas de cada región.
No hay soluciones mágicas en materia política ni administrativa. Lo que para Chiapas resulta conveniente, no lo es para Baja California. Los programas de librito ideales se alejan de la realidad de cada pueblo.
Al fijar un techo del 0.70% del presupuesto estatal para los congresos, la Federación invade la soberanía financiera de los estados, transformando el pacto federal en una relación de subordinación, donde las decisiones de gasto y estructura se dictan «desde el Centro» sin importar la opinión de cada entidad federativa.
Es un regreso al Centralismo del Siglo XIX, copy past de las Siete Leyes de 1836 de Antonio López de Santa Anna, las cuales eliminaron el federalismo y convirtieron a los estados en departamentos subordinados al Ejecutivo Federal, en una crisis política y fracturas territoriales que costaron miles de vidas.
Ahora, ¿puede la misma Constitución ir contra los principios federalistas?
Norberto Bobbio advierte que, si una mayoría decide abolir las reglas que sustentan el sistema como el régimen parlamentario o, por extensión, el federalismo, el sistema resultante es «otra cosa» y no necesariamente una democracia plena.
Por tanto, existen, según esta visión, «límites indestructibles» en el proceso de revisión continua de la Constitución.
Al elevar la austeridad y la centralización por encima de la libertad soberana de los estados para organizarse, la reforma entra en una contradicción directa con el espíritu de la «ley fundamental» que dio vida a la federación.
La respuesta es no. La constitución no puede ir en contra de su espíritu federalista y democrático.
Para que ello sea válido jurídicamente, entonces debe eliminarse la palabra federalismo, autonomía o soberanía de las entidades y ser convertidas en departamentos, u oficinas dependientes del supremo poder centralista.
Y aún y cuando ello se hiciese, sería un golpe a la lucha de configuración de un Estado Moderno, existente desde 1810 hasta la fecha.
Eso está en juego, y no simples reformas que ni siquiera tienen impacto significativo en montos presupuestales para cada entidad, pero que si pegan en la configuración de órganos democráticos pensados en acoger a la oposición política minoritaria.
Comparte nuestras notas: